Impuesto sobre la renta para independientes y freelancers en Panamá

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Un profesional independiente o freelancer en Panamá declara renta con el formulario 2V hasta el 15 de marzo, paga según la misma tarifa de personas naturales (0 % hasta B/. 11,000; 15 % hasta B/. 50,000; 25 % por encima) y hace pagos estimados el 30 de junio, 30 de septiembre y 31 de diciembre. Si facturas más de B/. 36,000 al año también debes cobrar y declarar ITBMS.

2Vformulario
15 marfecha límite
3 pagosestimados: jun, sep, dic
B/. 36,000umbral ITBMS
En esta guía
  1. Lo básico que debe cumplir un independiente
  2. Cuándo debes cobrar ITBMS
  3. Pasos para tu primera declaración como independiente
  4. Guías relacionadas

Lo básico que debe cumplir un independiente

  • RUC activo y acceso a e-Tax con NIT. Mira cómo inscribirte.
  • Aviso de Operación: se liquida en la declaración de renta (aunque no hayas tenido ingresos).
  • Facturación: revisa si debes emitir factura electrónica.
  • Declaración anual con el formulario 2V, con refrendo de CPA si tus ingresos brutos superan B/. 11,000.
  • Pagos estimados de renta el 30 de junio, 30 de septiembre y 31 de diciembre.

Cuándo debes cobrar ITBMS

La DGI indica que los comercios y quienes prestan servicios con facturación anual superior a B/. 36,000 deben cobrar, declarar y pagar el ITBMS (7 % tasa general), pudiendo descontar el ITBMS que pagaron por compras para el negocio. Detalle en la guía del ITBMS.

Obligación Frecuencia Referencia
Declaración de renta (2V) Anual, hasta el 15 de marzo Prórroga hasta el 15 de abril
Pago estimado de renta 30 jun, 30 sep, 31 dic Pagos fraccionados
ITBMS (formulario 430) Mensual, hasta el día 15 Solo si facturas más de B/. 36,000
Planilla 03 Mensual Solo si tienes empleados o retienes a terceros. Mira Planilla 03
Gastos y deducciones

Lo que puedas restar de tus ingresos depende de que estén sustentados con facturas válidas. Repasa los conceptos que la DGI lista en gastos deducibles y consulta a un contador para tu caso particular.

Pasos para tu primera declaración como independiente

  1. Suma tus ingresos del añoCon tus facturas emitidas y cobros.
  2. Resta gastos sustentadosSolo los que permite la ley y tienes con factura.
  3. Calcula con la tarifaAplica 0 / 15 / 25 % según el tramo de renta neta gravable.
  4. Descuenta pagos estimadosResta lo que ya pagaste en junio, septiembre y diciembre.
  5. Presenta y pagaEn e-Tax 2.0, formulario 2V, antes del 15 de marzo.
¿Un freelancer que gana menos de B/. 11,000 paga impuesto?

La tarifa es 0 % hasta B/. 11,000 de renta neta gravable. Aun así, si estás autorizado para realizar actividades económicas, debes presentar la declaración.

¿Debo inscribirme en la CSS?

La obligación con la Caja de Seguro Social es distinta a la de la DGI. Mira DGI vs CSS.

¿Qué pasa si no presento la declaración?

Multa de B/. 100 a B/. 1,000 por no presentarla en plazo (Art. 710 del Código Fiscal). Mira multas y recargos.

Fuentes: Plazos (DGI), Tarifas (DGI), ITBMS (DGI), Preguntas frecuentes pagos (DGI).

Guías relacionadas

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